FEDERACIÓN ÚNICA
DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA
INTRANET WEBMAIL

Historia

La Federación Única de Viajantes de la Argentina –FUVA- con actuación en todo el territorio argentino, nació el 1º de octubre de 1958 como resultado de la fusión entre la Federación Argentina de Viajantes y la Federación Gremial de Viajantes de la República Argentina. Mientras que las Asociaciones Sindicales son entidades de 1º Grado -son los trabajadores en relación de dependencia, autónomos o jubilados, que por su actividad se encuadren en las categorías comprendidas, los que directamente podrán afiliarse directamente-, la Federación Única de Viajantes de la Argentina, es una entidad de 2º Grado motivo por el cuál sólo pueden afiliarse a ella las Asociaciones Sindicales de la República que acrediten representar exclusivamente a las personas que se desempeñen dentro de las categorías comprendidas y previstas en el Estatuto regente.

Actualmente, la FUVA está integrada por 26 Filiales distribuidas en todo el país que representan y brindan servicios laborales, jurídicos, sociales y profesionales a quienes se desempeñan como Viajantes Vendedores (exclusivos o no) de la industria, comercio, servicios y/o afines, trabajadores en relación de dependencia o autónomos, que intervienen en la intermediación de bienes, mercaderías, servicios o productos tangibles o intangibles de cualquier tipo y a los jubilados de la actividad.

La Federación es dirigida y administrada por un Consejo Directivo –ver Autoridades- integrado por siete secretarías: Secretaría General; Secretaría General Adjunta; de Administración y Finanzas; de Organización e Interior; de Asuntos Laborales; de Actas, Prensa y Cultura; y de Turismo y Acción Social. A su vez, existen también siete vocales y cuatro suplentes.

El Consejo Directivo obra en función de los dictámenes surgidos de los Congresos de Delegados de las Asociaciones Filiales.
FEDERACIÓN ÚNICA DE VIAJANTES DE LA ARGENTINA
Disposición 10/2008 DNPDP
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. La DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
Moreno 2033 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - (011) 5237-1800